Autónomos, IVA e impuestos

Autónomos, IRPF e IVA

Este clúster separa cuatro cifras que no deben mezclarse: facturación, beneficio, IVA cobrado y efectivo reservado para impuestos.

Artesana revisando las finanzas de su pequeño taller de cerámica
Un negocio autónomo necesita separar tesorería, impuestos y rentabilidad.

Calcula el neto mensual sin confundir IVA e ingreso

La calculadora para autónomos parte de ingresos sin IVA, resta gastos deducibles y cuota, y aplica una reserva orientativa para IRPF. El resultado sirve para planificar caja, no para presentar una declaración. El IVA repercutido al cliente se controla por separado porque normalmente debe liquidarse, tras restar el IVA soportado deducible.

Añade o extrae IVA correctamente

La calculadora de IVA resuelve dos operaciones. Desde una base: IVA = base × tipo. Desde un total con IVA incluido: base = total / (1 + tipo). Para un total de 1.210 € al 21 %, la base es 1.000 € y la cuota 210 €; multiplicar 1.210 por 21 % sería incorrecto.

Modelo 130: pago fraccionado de IRPF

La guía del modelo 130 explica quién lo presenta, cómo se parte del rendimiento neto acumulado y cómo se descuentan pagos y retenciones previos cuando corresponda. No todos los profesionales tienen la misma obligación: actividad, método de estimación y proporción de ingresos sometidos a retención importan.

Modelo 303: liquidación de IVA

La guía de IVA para autónomos y modelo 303 diferencia IVA repercutido e IVA soportado deducible. Una factura de gasto no garantiza la deducción: debe estar vinculada a la actividad, cumplir requisitos y conservarse correctamente. Operaciones exentas, intracomunitarias, importaciones y regímenes especiales necesitan tratamiento propio.

Rutina mínima de control

  1. Registra facturas emitidas y recibidas sin mezclar base e impuesto.
  2. Conserva justificantes y revisa la deducibilidad de cada gasto.
  3. Separa en una cuenta o reserva el IVA cobrado y una provisión de IRPF.
  4. Concilia ingresos y gastos antes del cierre trimestral.
  5. Contrasta el borrador con libros registro y modelos anteriores.

Supuestos y límites

Estas páginas no determinan tu epígrafe, régimen de IVA, método de IRPF o tramo definitivo de cotización. Tampoco sustituyen libros registro, facturas, modelos oficiales o asesoramiento. La normativa y los plazos pueden cambiar; usa siempre la sede electrónica correspondiente al periodo declarado.

Fuentes oficiales

Revisión editorial: 7 de agosto de 2026.